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CASO TÍA CHELA: Fiscalía sostiene acusación de que PRIETO y su pandilla MONTARON esquema para ROBAR en PANDEMIA.

La acusación del Ministerio Público sostiene que Miguel Prieto Vallejos y su pandilla montaron un esquema que causó un perjuicio superior a G. 2.130 millones a la Municipalidad de Ciudad del Este. Manipularon el proceso de compra de alimentos a una despensa barrial “Tía Chela” que ya no existe. Usaron documentos falsos. Pero una interrogante sigue flotando. Como se puede ver, la fiscalía no cuestiona la distribución o entrega. El dolo está en el proceso de compra, que fue simulado. Y en este punto es que el exintendente destituido por corrupto no puede demostrar que es inocente. De hecho, entregaron centenas de kits de alimentos, pero no los 25 mil.

La Fiscalía presentó sus alegatos iniciales en el juicio oral y público contra el exintendente de Ciudad del Este Miguel Prieto Vallejos, destituido por corrupto; y otras diez personas, acusadas de integrar un esquema para desviar más de G. 2.130 millones de fondos municipales durante la pandemia del COVID-19.

La acusación fue expuesta por la fiscal Verónica Valdez, quien sostiene la causa junto a sus colegas Yeimy Adle y Silvio Corbeta.

El Ministerio Público afirma que el supuesto perjuicio patrimonial se produjo mediante una licitación presuntamente direccionada a favor de la despensa barrial “Tía Chela” SRL, contratada para proveer 25.000 kits de alimentos destinados a familias de escasos recursos.

Son alimentos por 500 mil dólares, que supuestamente se compraron de una despensa de barrio.

“El Ministerio Público demostrará que, entre marzo y julio del 2020, el señor Miguel Prieto, cuando se desempeñaba como intendente de Ciudad del Este, encabezó un esquema integrado por funcionarios a su cargo y terceras personas para el desvío de fondos municipales”, manifestó Valdez ante el Tribunal de Sentencia.

El juicio está a cargo de las magistradas Ana Rodríguez, presidenta del colegiado; Yolanda Morel y Karina Cáceres. Durante la extensa jornada se dio lectura íntegra al auto de apertura y, posteriormente, la Fiscalía desarrolló su teoría del caso. En la siguiente audiencia corresponderá a las once defensas presentar sus alegatos iniciales, antes de ingresar a la etapa de producción de pruebas.

CONTRATO POR CASI G. 3.000 MILLONES

Según la acusación, la Municipalidad de Ciudad del Este adjudicó a “Tía Chela” SRL la provisión de 25.000 kits de alimentos por G. 2.949.650.000.

Sin embargo, la Fiscalía sostiene que la empresa solamente entregó, supuestamente, mercaderías por valor de G. 819.613.840.

La diferencia, de G. 2.130.036.160, constituye el perjuicio patrimonial atribuido a los acusados.

El punto central del juicio no será únicamente determinar si algunos kits fueron distribuidos, como sostiene la defensa de Prieto, sino establecer si la Municipalidad pagó por la totalidad de los 25.000 paquetes contratados sin haber recibido una contraprestación equivalente.

Para la Fiscalía, el supuesto esquema comenzó el 19 de marzo de 2020, cuando el concejal rastrero, Sebastián Martínez, entonces director de Desarrollo Social, remitió un memorándum a la Unidad Operativa de Contrataciones solicitando la adquisición de los kits.

Al día siguiente, la entonces directora de la UOC, Maggy Fariña Almada, emitió un dictamen para justificar la contratación por la vía de la excepción, invocando el artículo 33 de la Ley 2051 de Contrataciones Públicas, en concordancia con el artículo 77 del Decreto 2992/2019.

Valdez sostuvo que esta normativa fue aplicada incorrectamente y permitió someter el procedimiento a menos exigencias que una contratación ordinaria, limitando la participación de otros potenciales oferentes.

O sea, pudieron manipular a gusto y palar el proceso.

PLIEGO CON EXIGENCIAS MÍNIMAS

De acuerdo con los alegatos fiscales, Miguel Prieto autorizó el llamado mediante la resolución de Intendencia Municipal 3.331 y designó como integrantes del comité evaluador al cuestionado Sebastián Martínez y a José Félix Cáceres, entonces director de Desarrollo Comunitario.

Maggy Fariña habría elaborado el Pliego de Bases y Condiciones sin exigir capacidad financiera ni capacidad técnica a las firmas interesadas.

En cuanto a la experiencia, solo se pidió que la actividad comercial estuviera relacionada con ventas al por mayor o menor en mercados, supermercados, minimercados o despensas.

Tampoco se exigió la presentación de contratos anteriores u otros documentos que acreditaran experiencia en una provisión de semejante magnitud.

“Esto fue realizado a pesar del alto riesgo de incumplimiento que representaba la contratación de una empresa que no cumpliera con estos requisitos”, afirmó la fiscal.

Para el Ministerio Público, la omisión de estas exigencias no fue una simple irregularidad administrativa, sino parte de una serie de decisiones que habrían reducido la libre competencia y facilitado que el contrato terminara en manos de una empresa determinada.

EMPRESA SE INSCRIBIÓ EL MISMO DÍA DE LA INVITACIÓN

La UOC invitó a tres firmas: Danielito SRL, Yrupe SRL y “Tía Chela” SRL.

Danielito SRL pertenecía a Felipe Ávalos y Gabriela Britos de Ávalos, padres de Fermín Ávalos Britos, representante de “Tía Chela”.

Según la exposición fiscal, la empresa no estaba registrada en el Sistema de Información de Proveedores del Estado y, de acuerdo con la Contraloría, se dedicaba a la fabricación de helados.

La segunda invitada fue Yrupe SRL, cuya actividad principal declarada correspondía a “otros servicios de comida”. Yrupe es un restaurante que funcionaba en el mismo edificio que el Hotel Executive en el centro de Ciudad del Este, y ya cerró sus puertas.

La tercera fue “Tía Chela” SRL, integrada por Gregorio Ávalos y Fermín Ávalos. La empresa se inscribió en el SIPE el mismo día en que recibió la invitación y no contaba con antecedentes de contrataciones con el Estado.

Su actividad principal era el comercio minorista en minimercados y despensas. Según la Fiscalía, “Tía Chela” era coincidentemente la única de las tres invitadas que reunía la experiencia mínima establecida en el pliego.

El 23 de marzo de 2020 se realizó la apertura de las ofertas, pero “Tía Chela” fue la única firma que presentó una propuesta. Ese mismo día, el comité evaluador concluyó que la empresa cumplía con las condiciones y recomendó su adjudicación.

La Fiscalía sostiene que la despensa barrial no tenía capacidad financiera, estructura ni mercaderías disponibles para responder inmediatamente a un contrato cercano a los G. 3.000 millones. Incluso, conforme a un informe aportado durante la investigación, la firma comenzó a adquirir productos de sus proveedores el mismo 23 de marzo, cuando su oferta ya estaba siendo evaluada.

ADJUDICACIÓN, EVALUACIÓN Y COMPRA EN TIEMPO RÉCORD

También el 23 de marzo, Prieto firmó la Resolución 3.334, mediante la cual adjudicó el llamado a “Tía Chela” y nombró a Sebastián Martínez administrador del contrato.

Cuatro días después, el 27 de marzo, la Municipalidad y la firma proveedora suscribieron el Contrato 14/20 por los 25.000 kits.

En esa misma fecha se confeccionó una orden de pago por G. 2.949.650.000. El dinero fue entregado mediante dos cheques a Fermín Ávalos: el primero por G. 1.769.790.000, el 7 de abril de 2020, y el segundo por G. 1.179.860.000, el 9 de julio de ese año.

La Fiscalía señaló que esta modalidad no se ajustaba al propio Pliego de Bases y Condiciones, que establecía que los pagos debían efectuarse contra la entrega de las mercaderías.

DOCUMENTOS HABRÍAN SIDO FALSEADOS PARA SIMULAR LA ENTREGA

El Ministerio Público afirma que, al no contar “Tía Chela” con capacidad para entregar los 25.000 kits, funcionarios municipales habrían elaborado documentos con datos falsos para hacer constar la supuesta recepción de la totalidad de los alimentos.

Julián Benítez, entonces jefe de Almacenes, junto a Sebastián Martínez, José Félix Cáceres e Higinio Acuña, habrían consignado falsamente que todos los kits fueron recibidos los días 27 y 30 de marzo y 13 de abril de 2020.

La Fiscalía sostiene que, pese a esos documentos, solamente fueron entregadas mercaderías por G. 819.613.840. Es decir, menos de un tercio del monto pagado por la Municipalidad.

También están señalados el abogado Francisco Arrúa, exdirector de Administración y Finanzas; Cirle Alcaraz, encargada de las órdenes de pago; Nelson Segovia, entonces tesorero municipal, y otras personas presuntamente vinculadas al procedimiento administrativo y financiero.

FACTURAS Y OPERACIONES PRESUNTAMENTE FICTICIAS

Otro punto relevante de la acusación guarda relación con Vanemi SA, empresa presidida por Emili Vanessa Florentín Páez, que aparece como una de las principales proveedoras de “Tía Chela”. Emili Vanessa era la pareja de Prieto, y actualmente es planillera en la municipalidad.

Vanemi emitió facturas a favor de la firma adjudicada por G. 692.155.023. No obstante, la Fiscalía señaló que varios de sus supuestos subproveedores eran contribuyentes ficticios y que las operaciones comerciales consignadas no habrían ocurrido realmente.

La tesis fiscal es que se construyó una cadena de compraventas mediante facturas que no reflejaban operaciones reales, con el propósito de encubrir la falta de mercaderías y de inventario de la empresa adjudicada.

“La acusada colaboró con la construcción de cadenas de compraventa ficticias a través de facturas que no reflejan operaciones reales para encubrir la ausencia de stock e inventario de la firma adjudicada”, sostuvo Valdez.

PRIETO ASEGURA QUE DEMOSTRARÁ SU INOCENCIA

Miguel Prieto rechazó la acusación y afirmó que la Fiscalía está criminalizando actuaciones que formaban parte de las funciones ordinarias de sus antiguos colaboradores.

Hay que mantener la calma en estos momentos que son turbulentos, pero no son tan turbulentos como yo esperaba. La Fiscalía va a tener que probar sus alegaciones. Está acusando de corruptos a muchos excompañeros por hacer su trabajo”, manifestó.

Sin embargo, la Fiscalía remarcó que la acusación contra el exintendente no está sustentada en la mera firma de un contrato. Sostiene que Prieto intervino en momentos decisivos del procedimiento: autorizó el llamado, designó al comité evaluador, adjudicó el contrato y permitió el pago total pese a que, presuntamente, los alimentos no habían sido entregados en la cantidad contratada.

“De forma deliberada se incumplieron principios que rigen las contrataciones públicas, referentes a la libre competencia y la igualdad, disminuyendo la posibilidad de que se presentaran otros oferentes, para finalmente direccionar la adjudicación a una empresa determinada que era funcional a la administración municipal”, afirmó Valdez.

La acusación fiscal deberá ser demostrada durante el juicio mediante documentos, pericias y declaraciones testimoniales. Los once procesados conservan la presunción de inocencia hasta que exista una sentencia definitiva.

El caso “Tía Chela” entra ahora en su etapa decisiva: el Tribunal deberá determinar si se trató simplemente de una cuestionada compra de emergencia o, como sostiene el Ministerio Público, de un procedimiento preparado para favorecer a una despensa sin capacidad operativa y desviar más de G. 2.130 millones pertenecientes a los contribuyentes de Ciudad del Este.

 

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