{"id":30952,"date":"2024-06-20T11:56:18","date_gmt":"2024-06-20T11:56:18","guid":{"rendered":"https:\/\/ahoracde.com\/?p=30952"},"modified":"2024-06-20T11:56:18","modified_gmt":"2024-06-20T11:56:18","slug":"fiscalia-revela-esquema-que-monto-prieto-para-robar-en-plena-pandemia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ahoracde.com.py\/?p=30952","title":{"rendered":"Fiscal\u00eda revela ESQUEMA que MONTO Prieto para ROBAR en plena PANDEMIA"},"content":{"rendered":"<h3><strong>El Ministerio P\u00fablico present\u00f3 la acusaci\u00f3n contra el intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, por el caso de la despensa \u201cT\u00eda Chela\u201d. De manera documentada y detallada, demuestra c\u00f3mo se mont\u00f3 un esquema criminal para robar el dinero p\u00fablico con kits de alimentos. Mientras miles de paraguayos pasaban por una situaci\u00f3n apremiante, inclusive hambre, y otros murieron, por causa del coronavirus, el jefe comunal y sus secuaces se pasaron planeando c\u00f3mo aprovecharse de la situaci\u00f3n y concretar groseros negociados. Ahora el caso est\u00e1 en poder de la Justicia.<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/h3>\n<p>Los fiscales, Silvio Corbeta, Alma Zayas, y Mar\u00eda Ver\u00f3nica Valdez concluyeron que el Intendente Municipal Miguel Prieto Vallejos vali\u00e9ndose de su calidad de ordenador de gastos de la Municipalidad de CDE, y con el apoyo de los funcionarios a su cargo, promovi\u00f3 el llamado a licitaci\u00f3n aprovech\u00e1ndose de la Emergencia Sanitaria declarada por la Pandemia del Covid 19 para direccionar la contrataci\u00f3n hacia una persona jur\u00eddica funcional a su administraci\u00f3n TIA CHELA SRL, a sabiendas de que no correspond\u00eda aplicar la v\u00eda de la excepci\u00f3n, \u00e9poca en la cual acontecieron muertes de varios ciudadanos a consecuencia del citado virus, para provocar junto con su esquema conformado por sus funcionarios y personas de su entorno, un perjuicio econ\u00f3mico a la instituci\u00f3n a su cargo el cual result\u00f3 en la suma total de G. 2.130.036.160.<\/p>\n<figure id=\"attachment_30934\" aria-describedby=\"caption-attachment-30934\" style=\"width: 425px\" class=\"wp-caption alignleft\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-30934\" src=\"https:\/\/ahoracde.com.py\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/Imputa-101-300x228.jpg\" alt=\"\" width=\"425\" height=\"323\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-30934\" class=\"wp-caption-text\"><em><strong>Miguel Prieto y Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez, los principales responsables del esquema de robo.<\/strong><\/em><\/figcaption><\/figure>\n<p>De acuerdo a la acusaci\u00f3n, Miguel Prieto Vallejos, en su calidad de intendente, entre los meses de marzo y julio del 2020, encabez\u00f3 un esquema integrado por funcionarios a su cargo para el desv\u00edo de los recursos municipales que result\u00f3 en un perjuicio patrimonial a la instituci\u00f3n de\u00a0G 2.130.036.160, con la promoci\u00f3n de una Licitaci\u00f3n P\u00fablica por la v\u00eda de la excepci\u00f3n con ID N\u00ba 382.177, cuya contrataci\u00f3n estuvo direccionada a la empresa proveedora TIA CHELA SRL, de Ferm\u00edn Avalos Britos, que en su fachada se describe como un \u00abAutoservice\u00bb.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-30954 alignleft\" src=\"https:\/\/ahoracde.com.py\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/Imputa-104-248x300.jpg\" alt=\"\" width=\"369\" height=\"446\" \/>En su calidad de ordenador de gastos y administrador general de la comuna, Prieto, con la colaboraci\u00f3n de los citados funcionarios, promovi\u00f3 una licitaci\u00f3n por la v\u00eda de excepci\u00f3n para la \u201cAdquisici\u00f3n de cestas b\u00e1sicas para personas de escasos recursos por la pandemia del Covid-19 (ID 382.177)\u201d y direccion\u00f3 la misma a los efectos de favorecer con los recursos institucionales a la empresa TIA CHELA S.R.L., de propiedad de Ferm\u00edn Avalos Britos, en fecha 27\/03\/2020, y con ello ocasion\u00f3 un perjuicio patrimonial debido a que se ha logrado detectar una ausencia de contraprestaci\u00f3n equitativa de conformidad a lo pagado por el municipio, G 2.130.036.160.<\/p>\n<p>Este esquema encabezado por el Intendente Municipal estuvo compuesto por los funcionarios Maggi Fari\u00f1a, Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez, Francisco Arr\u00faa \u00c1lvarez, Higinio Ram\u00f3n Acu\u00f1a, Cirle Alcaraz Ram\u00edrez, Nelson Segovia Acevedo, Jos\u00e9 F\u00e9lix C\u00e1ceres Galeano, y Juli\u00e1n Ben\u00edtez Gamarra, quienes desde sus roles y funciones respectivas realizaron diversos aportes orientados a ocasionar un perjuicio patrimonial a la Instituci\u00f3n con la presente adquisici\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>En tal sentido, a partir del 19\/03\/2020, los citados funcionarios participaron de todo el procedimiento administrativo relativo a la elaboraci\u00f3n de memos y dict\u00e1menes que habilitaban el procedimiento de contrataci\u00f3n por la v\u00eda de la emergencia, realizaron las convocatorias, cursaron invitaciones, participaron de la evaluaci\u00f3n de ofertas, de la contrataci\u00f3n, se encargaron de todo el procedimiento de pago a la firma proveedora, y dejaron constancia de la recepci\u00f3n de mercader\u00edas que no fueron prove\u00eddas por valor de G. 2.130.036.160, acorde a lo pactado en el contrato suscrito en el cual se establec\u00eda que deb\u00edan proveerse 25.000 kits alimenticios por la suma total de G 2.949.650.000.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-19307\" src=\"https:\/\/ahoracde.com.py\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Imputa-023-300x225.jpg\" alt=\"\" width=\"620\" height=\"465\" \/><\/p>\n<p>A los efectos de encubrir esta ausencia de contraprestaci\u00f3n de mercader\u00edas acorde a lo abonado por la instituci\u00f3n, en dicho periodo de tiempo, surgi\u00f3 la participaci\u00f3n de terceros que forman parte de su c\u00edrculo de confianza, como la acusada Emili Vanessa Florent\u00edn P\u00e1ez (actual Asesora Jur\u00eddica de la Intendencia Municipal), quien en ese periodo de tiempo colabor\u00f3 en la construcci\u00f3n de cadenas de compraventa ficticias por al menos G. 692.155.023 de la totalidad del perjuicio detectado G 2.130.036.160, constituy\u00e9ndose en la principal subproveedora de la firma adjudicada con el contrato TIA CHELA SRL, a trav\u00e9s de la empresa de su propiedad VANEMI SA. Esta creaci\u00f3n de secuencias de compraventas fue realizada para intentar encubrir la falta de una contraprestaci\u00f3n real y equitativa de productos a la municipalidad de conformidad con lo pagado.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-19532\" src=\"https:\/\/ahoracde.com.py\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Imputa-27-300x199.jpg\" alt=\"\" width=\"629\" height=\"417\" \/><\/p>\n<p>De la misma manera, el acusado Ferm\u00edn Avalos Britos, representante legal de la empresa proveedora TIA CHELA SRL facilit\u00f3 su estructura y su esquema jur\u00eddico a Miguel Prieto Vallejos, a los efectos de llevar a cabo la compra ficticia de 25.000 kits de cestas b\u00e1sicas para familias de escasos recursos,\u00a0sin tener la capacidad t\u00e9cnica, financiera ni experiencia\u00a0para responder con esta licitaci\u00f3n de importancia econ\u00f3mica significativa, y a sabiendas de ello se present\u00f3 el 23\/03\/2020 a formular su oferta siendo adjudicada irregularmente con el contrato, y en tal sentido recibi\u00f3 en tal concepto la suma total de \u20b2 2.949.650.000, cuya adquisici\u00f3n se document\u00f3 sin que haya ingresado todas las mercader\u00edas en igual valor a lo pagado, a pesar de que los documentos reflejan una entrega que no se dio en la realidad, colaborando en el perjuicio ocasionado a la instituci\u00f3n por valor de G 2.130.036.160.<\/p>\n<figure id=\"attachment_19379\" aria-describedby=\"caption-attachment-19379\" style=\"width: 629px\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-19379 \" src=\"https:\/\/ahoracde.com.py\/wp-content\/uploads\/2023\/07\/Imputa-12-300x234.jpg\" alt=\"\" width=\"629\" height=\"491\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-19379\" class=\"wp-caption-text\"><em><strong>Emili Vanesa, ex pareja de Prieto<\/strong><\/em><\/figcaption><\/figure>\n<p>Con relaci\u00f3n a ello, el proceso de licitaci\u00f3n se inici\u00f3 formalmente el 20 de marzo de 2020 con la Resoluci\u00f3n I.M. N\u00ba 3.331 de la Intendencia Municipal de Ciudad del Este, representada por el Intendente Miguel Prieto Vallejos, quien, bas\u00e1ndose en el Dictamen elaborado por la Directora de la UOC, Lic. Maggi Fari\u00f1a Almada, resolvi\u00f3 llamar a Licitaci\u00f3n por la V\u00eda de Excepci\u00f3n con ID 382.177 para la \u201cAdquisici\u00f3n de cestas b\u00e1sicas a ser distribuidas a familias de escasos recursos por la pandemia del Covid-19\u201d, y design\u00f3 a los directores municipales: Econ. Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez, Director de Desarrollo Social, y Jos\u00e9 F\u00e9lix C\u00e1ceres, Jefe de Desarrollo Comunitario, como miembros del Comit\u00e9 de Evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En lo que a ello respecta, se confirm\u00f3 que la Lic. Maggi Fari\u00f1a Almada, directora de la UOC de la Municipalidad de Ciudad del Este, el 20 de marzo de 2020, emiti\u00f3 un dictamen totalmente injustificado e invoc\u00f3 incorrectamente el art. 33 de la Ley N\u00b0 2051\/2003 \u201cDe Contrataciones P\u00fablicas\u201d, en concordancia con lo dispuesto en el art. 77 del Decreto N\u00b0 2992\/2019, para justificar la excepcionalidad del llamado.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n no responde a una cuesti\u00f3n casual porque se determin\u00f3 que el Intendente Miguel Prieto Vallejos se sirvi\u00f3 de la presente v\u00eda de emergencia prevista en la Ley de Contrataciones P\u00fablicas (art. 33), para someterse a menos requisitos que el de un llamado ordinario o de una licitaci\u00f3n p\u00fablica, donde al menos deben existir m\u00ednimamente cinco oferentes o invitados.<\/p>\n<p>De forma deliberada se incumpli\u00f3 con los principios que rigen en materia de contrataciones p\u00fablicas referentes a la libre competencia y la igualdad, disminuyendo en consecuencia la posibilidad de que se presenten otros oferentes, para finalmente direccionar la contrataci\u00f3n a una empresa o esquema jur\u00eddico determinado funcional a la administraci\u00f3n municipal.<\/p>\n<p>En consonancia con esta intencionalidad de evitar someterse a mayores requisitos, y de facilitar el direccionamiento de esta licitaci\u00f3n, Sebasti\u00e1n Mart\u00ednez (actual concejal), promovi\u00f3 el llamado. El 19 de marzo de 2020, en su car\u00e1cter de Director de Desarrollo Social, antes del dictamen de la UOC y de la Resoluci\u00f3n I.M. N\u00ba 3.331, present\u00f3 un memo y solicit\u00f3 precisamente a la Unidad Operativa de Contrataciones a cargo de Maggi Fari\u00f1a, la adquisici\u00f3n de cestas b\u00e1sicas a ser distribuidas a familias indigentes, sectores marginados debido a la gran crisis social y econ\u00f3mica generada por la pandemia del Covid-19, que afecta a los sectores m\u00e1s necesitados que se quedaron sin ingresos diarios debido a que todo el movimiento comercial se encuentra parado por las determinaciones del Poder Ejecutivo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Ministerio P\u00fablico present\u00f3 la acusaci\u00f3n contra el intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, por el caso de la despensa \u201cT\u00eda Chela\u201d. 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