{"id":62680,"date":"2026-04-30T19:44:26","date_gmt":"2026-04-30T19:44:26","guid":{"rendered":"https:\/\/ahoracde.com\/?p=62680"},"modified":"2026-04-30T19:44:26","modified_gmt":"2026-04-30T19:44:26","slug":"imputan-a-funcionario-del-incan-por-trafico-de-influencias-tras-su-detencion-en-entrega-vigilada","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ahoracde.com.py\/?p=62680","title":{"rendered":"Imputan a funcionario del INCAN por tr\u00e1fico de influencias tras su detenci\u00f3n en entrega vigilada"},"content":{"rendered":"<p>El agente fiscal Luis Lionel Pi\u00f1\u00e1nez Garc\u00eda, titular de la Unidad Especializada en Delitos Econ\u00f3micos y Anticorrupci\u00f3n n.\u00ba 9, present\u00f3 imputaci\u00f3n en contra de un funcionario administrativo del Instituto Nacional del C\u00e1ncer (INCAN), por la presunta comisi\u00f3n del hecho punible de tr\u00e1fico de influencias, en calidad de autor. Tras el procedimiento realizado en torno al caso, el representante del Ministerio Publico hab\u00eda ordenado la detenci\u00f3n preventiva del encausado.<\/p>\n<p>De acuerdo a la investigaci\u00f3n, la presente imputaci\u00f3n de los hechos se funda esencialmente en la denuncia presentada por la v\u00edctima, a trav\u00e9s de la Nota D.G.A.T. n.\u00ba 455 de fecha 13 de abril del 2026, presentada por el director general de Anticorrupci\u00f3n y Transparencia del Ministerio de Salud P\u00fablica y Bienestar Social, en donde se denuncia un supuesto hecho de corrupci\u00f3n por parte de funcionarios p\u00fablicos, que prestar\u00edan servicios en el Instituto Nacional del C\u00e1ncer (INCAN), as\u00ed como en los elementos de pruebas recolectados durante esta etapa de investigaci\u00f3n, como ser: dinero en efectivo incautado del poder del denunciado, tel\u00e9fono celular, utilizado por el mismo desde donde se realizaban las llamadas y mensajes entre denunciante y denunciado, todo bajo autorizaci\u00f3n judicial correspondiente y que obran en la carpeta fiscal de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la denuncia, la v\u00edctima manifest\u00f3 que presuntamente el 3 de enero de 2026 mantuvo una comunicaci\u00f3n telef\u00f3nica con un funcionario administrativo del INCAN, quien le habr\u00eda solicitado Gs. 3.000.000 para agilizar, mediante su influencia, una cirug\u00eda requerida en dicha instituci\u00f3n. Ante la imposibilidad de pagar el monto total, se acord\u00f3 un pago fraccionado. En ese contexto, el 18 de enero de 2026 entreg\u00f3 Gs. 1.000.000 en efectivo al funcionario en el patio del INCAN. Al d\u00eda siguiente, el 19 de enero de 2026, fue sometido al procedimiento quir\u00fargico correspondiente. Posteriormente, tras la biopsia, se le inform\u00f3 verbalmente que la patolog\u00eda era benigna y que no correspond\u00eda una segunda cirug\u00eda en el INCAN, siendo orientado a continuar atenci\u00f3n en el Hospital de Cl\u00ednicas.<\/p>\n<p>Luego, el 7 de abril de 2026, el funcionario volvi\u00f3 a contactarlo por WhatsApp y le manifest\u00f3 que restaban Gs. 2.000.000, elevando el monto total a Gs. 5.000.000, se\u00f1alando que hablar\u00eda con el cirujano para que la segunda cirug\u00eda se realizara en el INCAN y que el saldo ya habr\u00eda sido cubierto por \u00e9l, quedando la deuda a cargo del denunciante.<\/p>\n<p>Ante ello, el 13 de abril de 2026 se comunic\u00f3 al Juzgado Penal de Garant\u00edas el inicio de la investigaci\u00f3n. El 14 de abril de 2026 se solicit\u00f3 autorizaci\u00f3n judicial para intervenir y grabar llamadas telef\u00f3nicas entre denunciante y denunciado, as\u00ed como para realizar filmaciones en audio y video de eventuales encuentros. Mediante A.I. n.\u00ba 4 de fecha 14 de abril de 2026, el Juzgado Penal de Garant\u00edas Especializado en Delitos Econ\u00f3micos hizo lugar a lo solicitado.<\/p>\n<p>En cumplimiento de dicha autorizaci\u00f3n, el 26 de abril de 2026 se recepcion\u00f3 un archivo de audio remitido por WhatsApp desde el n\u00famero del denunciante, consistente en la grabaci\u00f3n de una llamada realizada al denunciado.<\/p>\n<p>Posteriormente, el 28 de abril de 2026, en horas de la ma\u00f1ana, mantuvieron una comunicaci\u00f3n telef\u00f3nica en la que acordaron reunirse en el INCAN para la entrega de Gs. 2.000.000 solicitados para cubrir gastos de una segunda cirug\u00eda. Ese mismo d\u00eda, aproximadamente a las 13:30 horas, se reunieron en el predio del INCAN, donde el denunciante entreg\u00f3 el dinero al funcionario. En ese momento intervinieron las autoridades para dar cumplimiento a la orden judicial, procediendo a detener al denunciado. El procedimiento fue encabezado por el agente fiscal Luis Pi\u00f1\u00e1nez y fue grabado en audio y video conforme a la autorizaci\u00f3n judicial, asimismo se realiz\u00f3 la incautaci\u00f3n de evidencias relacionadas a la causa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El agente fiscal Luis Lionel Pi\u00f1\u00e1nez Garc\u00eda, titular de la Unidad Especializada en Delitos Econ\u00f3micos y Anticorrupci\u00f3n n.\u00ba 9, present\u00f3 imputaci\u00f3n en contra de un funcionario administrativo del Instituto Nacional del C\u00e1ncer (INCAN), por la presunta comisi\u00f3n del hecho punible de tr\u00e1fico de influencias, en calidad de autor. 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